domingo, 26 de diciembre de 2010

TRESCIENTOS SIETE

El mundo tiene un problema de inmigración. Las regiones separadas por leyes y mandatos de la historia, tienen problemas con gentes que quieren ir donde no nacieron.
En verdad la inmigración tiene un problema con el mundo.
Hay que cambiar el mundo.

4 comentarios:

Obelisco Enforrado dijo...

Yo no me meto en casa ajena sin pedir permiso y tampoco quiero que se metan en la mia. Y menos que encima me quieran cagar en el living, acaparar el control remoto de la televisión, saquearme la heladera y darme ordenes en mi propia casa. Si decir esto es de facho, lo invito a usted a permitirles el ingreso a su morada a quien así lo desee y despues me cuenta.

Valentin Szirel dijo...

La Argentina no es casa ajena para los inmigantes que llegaron ,llegan y llegarán. Así lo dice nuestra Constitución y así lo entiendo yo.
Le recuerdo que sus antepasados hacían los mismos reclamos cuando eran hacinados en conventillos.

Obelisco Enforrado dijo...

Aflojá con la interpretación antojadiza de la Constitución. Una declaración no es un pase libre para que cualquier extranjero venga a hacer lo que se le canten las pelotas. No estoy en contra de la inmigración: como bien decís, yo también soy descendiente de inmigrantes. Solo pido que sea en el marco de la ley (como lo hicieron mis antepasados), del mismo modo que cualquier pais le exige a un argentino que desee instalarse en el mismo. Y si te queda alguna duda, hacé la prueba de ir a cualquier pais limítrofe, sin documentos en regla, y pretendiendo instalarte con una carpa en una plaza pública. Y ya que te gusta leer, buscate en internet o en donde quieras, la ley migratoria de Bolivia. Tal vez te sorprendas.

Obelisco Enforrado dijo...

Voy a facilitarte la tarea:

http://www.congreso.gov.bo/archivo/texto/24423.htm

En el link de arriba, encontrarás la legislación boliviana en materia de migraciones. Y, ya que estás, pegale una leida a nuestra ley migratoria:
http://infoleg.mecon.gov.ar/infolegInternet/anexos/90000-94999/92016/texact.htm